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	<title>publicidad archivos - DataProtectPlus</title>
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		<title>¿Puedo enviar correos electrónicos con publicidad?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sylvia Fries]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2021 17:37:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[correo]]></category>
		<category><![CDATA[electrónico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Como regla general, la respuesta es NO Se prohíbe el envío de comunicaciones comerciales o publicidad vía e-mail. Son también ilegales los correos comerciales a direcciones de correo electrónico recogidas en Internet o en bases de datos compradas. Se consideran datos de carácter personal los correos electrónicos profesionales, por lo que dirigirse a potenciales clientes [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://dataprotectplus.com/email-proteccion-datos-torrevieja/">¿Puedo enviar correos electrónicos con publicidad?</a> se publicó primero en <a href="https://dataprotectplus.com">DataProtectPlus</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Como regla general, la respuesta es <strong>NO</strong></p>
<p>Se prohíbe el envío de comunicaciones comerciales o publicidad vía e-mail. Son también ilegales los correos comerciales a direcciones de correo electrónico recogidas en Internet o en bases de datos compradas.</p>
<p>Se consideran datos de carácter personal los correos electrónicos profesionales, por lo que dirigirse a potenciales clientes a través del e-mail es considerada una práctica ilegal.</p>
<p>El <strong>RGPD</strong> prohíbe las comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes.</p>
<p>Artículo 21 LSSI ¨<em>Prohibición de comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes; Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente…</em></p>
<p><strong>¿Y si el destinatario del correo me autoriza a ello?</strong></p>
<p>En este caso <strong>no habría ningún</strong> <strong>impedimento</strong> en enviar la publicidad de tus productos o servicios a través del correo electrónico, porque el art.21 continúa</p>
<p><em>…que previamente<strong> no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas</strong> por los destinatarios de las mismas.</em></p>
<p><strong>¿Y si el correo promocional se lo mando a clientes?</strong></p>
<p>También estaría<strong> permitido enviar comunicaciones comerciales</strong> a clientes. Sin embargo, está permitido <strong>cuando el cliente contrató con anterioridad productos o servicios que sean similares</strong> a los enviados en el correo comercial. Es decir, no podríamos enviar comunicaciones comerciales, aun a nuestros clientes, cuando el producto o servicio sea distinto al contratado inicialmente.</p>
<p><strong>¿Qué obligaciones tengo que cumplir al enviar un correo comercial?</strong></p>
<p>Aun en los supuestos en que está permitido el envío de publicidad (clientes y destinatarios que hayan autorizado el envío), hay que<strong> tener en cuenta otras previsiones para que el envío resulte legal</strong>.</p>
<ul>
<li>El <strong>destinatario del correo tiene derecho a darse de baja</strong> en cualquier momento, es decir, a oponerse a que le sigas enviando publicidad. Por ello, deberás facilitarle un medio para poder oponerse al tratamiento de sus datos con esta finalidad, que deberá ser <strong>sencillo y gratuito</strong>, incluyendo una dirección de correo electrónico u otra dirección electrónica válida para ello. Y ello se <strong>deberá hacer en</strong> <strong>todos y cada uno de los correos</strong> promocionales que dirijas.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li>En todo caso, <strong>el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos</strong> con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como <strong>en cada una de las comunicaciones</strong> comerciales que le dirija.</li>
</ul>
<p>Te asesoramos en todas las cuestiones relativas a protección de datos.</p>
<p><strong><a href="http://www.dataprotectplus.com">www.dataprotectplus.com</a></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>La AEPD admite que las empresas pueden enviar publicidad sin consentimiento</title>
		<link>https://dataprotectplus.com/publicidad-empresas-ryanair/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Sylvia Fries]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Jun 2020 12:39:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[proteccion de datos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sienta un precedente en la utilización de datos personales para publicidad por parte de empresas.El principal organismo estatal independiente, creado para proteger la privacidad de los ciudadanos, ha desestimado una reclamación presentada por un consumidor contra Ryanair por el envío de mensajes comerciales. Así lo ha hecho [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sienta un precedente en la utilización de datos personales para publicidad por parte de empresas.El principal organismo estatal independiente, creado para proteger la privacidad de los ciudadanos, ha desestimado una reclamación presentada por un consumidor contra Ryanair por el envío de mensajes comerciales.</p>
<p style="text-align: justify;">Así lo ha hecho tras considerar que la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI) permite dirigir publicidad a un usuario que haya contratado productos parecidos a los promocionados.</p>
<p style="text-align: justify;">En dicha protesta el reclamante exponía que una vez comprados los billetes <strong>la aerolínea solicitaba activar una casilla de verificación para no recibir publicidad, en vez de venir desactivada por defecto</strong> y necesitar verificarla para recibir la información comercial. El mensaje en cuestión decía lo siguiente “Nuestros suscriptores reciben las mejores ofertas de Ryanair y Lauda por correo electrónico, SMS, notificaciones PUSH, teléfono. Si no deseas recibir ofertas, marca esta casilla”.</p>
<p style="text-align: justify;">La dirección de Protección de datos acordó admitir a trámite la reclamación, pero tras consultar el artículo 21 de la LSSI <strong>consideró que la empresa podía seguir enviado comunicaciones con fines comerciales a clientes por medios electrónicos siempre que se les facilite un mecanismo para oponerse</strong> en el momento de la recogida de datos.</p>
<p style="text-align: justify;">Por ello, concluía que “Ryanair podría enviarle publicidad de sus productos por SMS, correo electrónico o notificación PUSH sin necesidad de solicitar su consentimiento ya que ha realizado la compra de billetes”. Una condición admitida en este caso porque en el momento de comprar los billetes le había dado la posibilidad de rechazar el tratamiento de su información personal.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>A este mensaje se le conoce como opt-out, el cual se dejó de usar a raíz de la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) por creer que no se ajustaba a la normativa</strong>. Sin embargo lo cierto es que sí está permitido dentro de unos límites, aunque lo habitual es que el mensaje se oriente a solicitar el consentimiento para recibir mensajes publicitarios y no al revés, como en este caso.</p>
<p>Fuente: Dircomfidencial</p>
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