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Protección de Datos y Huellas Dactilares en Gimnasios

El Uso de Datos Biométricos

El uso de datos biométricos, como las huellas dactilares en gimnasios, está regulado por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este reglamento establece un régimen único para tratar datos biométricos, independientemente de la finalidad a la que se destinen. Lo que deja claro la resolución de la AEPD es que no se puedo obligar a un usuario a usar su huella para ser identificado. Y éste precisamente ha sido la clave del asunto aquí y el objeto de reclamación de una usuaria.

Las Sanciones de la AEPD

La AEPD ha sancionado a gimnasios con multas de hasta 27.000 euros por no ofrecer una alternativa a los clientes que no deseen otorgar su consentimiento explícito para el uso de sus datos biométricos. Estas sanciones subrayan la necesidad de considerar alternativas menos intrusivas para la identificación de los clientes. Pero las multas no son solo por este motivo, también incluyen asuntos de REGISTRO DE TRATAMIENTO de los datos en cuestión. Durante la investigación también se observaron casos de transferencias internacionales de datos no recogidos en políticas.

Conclusiones

Estos casos son un recordatorio importante de la necesidad de cumplir con las regulaciones de protección de datos al implementar sistemas de control de acceso basados en datos biométricos. La AEPD ha demostrado que tomará medidas enérgicas contra las organizaciones que no cumplan con estas regulaciones.

Siempre es mejor consultar a los profesionales del sector para evitar este tipo de sustos, que no se basan simplemente en la firma de unos documentos, sino que van más allá para proteger el negocio de forma efectiva.

Fuente: AEPD
Aquí está la resolución por completo, para revisar cado uno de los puntos multados en este precios caso de un gimnasio en Santander.

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