SANCIÓN DE LA AEPD A UN BAR POR NO ESTAR ADAPTADO AL REGLAMENTO EUROPEO EN PROTECCIÓN DE DATOS (RGPD)

Una reciente resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a un bar  en Madrid (Tetuán) por contar con un sistema de videovigilancia y no estar adaptado a la normativa en protección de datos 679/2016 RGPD.

La inspección fue llevada a cabo por miembros de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, los cuales requirieron la documentación pertinente.

Dicha documentación no fue aportada, iniciándose a posteriori un procedimiento por parte de la autoridad de control (AEPD) para determinar si se cumplían o no las medidas técnicas y organizativas para cumplir con la protección de datos.

La AEPD ha determinado una sanción de apercibimiento a la empresa responsable, requiriéndoles además a:

  1. Colocar en las zonas videovigiladas, al menos, un distintivo informativo ubicado en lugar visible, y como mínimo, en los accesos a las zonas vigiladas ya sean interiores o exteriores. De haber varios accesos al espacio videovigilado, el reseñado distintivo deberá colocarse en cada uno de los mismos.
  2. El distintivo de zona videovigilada deberá informar, al menos, sobre la existencia del tratamiento de videovigilancia, la identidad y datos de contacto del responsable del tratamiento o del sistema de videovigilancia y la posibilidad de ejercitar los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del RGPD. Dicha información también podrá incluirse mediante un código de conexión o dirección de internet que dirija a la misma.
  3. Mantener a disposición de los interesados el resto de la información que debe facilitarse a los afectados en cumplimiento del derecho de información regulado en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016.

Cada vez son más las empresas cumplen con la normativa en protección de datos y el deber de informar que pide la ley, pero aún quedan algunas rezagadas que, vistos los precedentes, están muy expuestas a fuertes sanciones por parte de la AEPD.

Si tienes una empresa, tratas datos personales y aún no te has adaptado, ponte en contacto con nosotros y te asesoramos.

Haz click aquí para ver la resolución completa.

Fuente: AEPD

 

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