Si eres un profesional autónomo o tienes un pequeño negocio, es muy probable que hayas realizado alguna acción para captar o fidelizar clientes. Ya sea a través de técnicas digitales u offline. Sea como fuere, hay un factor que deberás tener muy presente: la protección de datos.
La ley es tajante al respecto; la protección de datos personales es un derecho fundamental, reglado en nuestra constitución. El organismo que vigila que se cumpla con las normas es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y el incumplimiento de las mismas acarreará duras sanciones económicas.
A este respecto, las sanciones que suele imponer la AEPD, las de mayor envergadura suelen recaer en grandes corporaciones o pymes con gran volumen de facturación, pero también existe un gran número de sanciones a pequeños empresarios, autónomos e incluso particulares.
En 2018, un procedimiento sancionador, impuso una multa de 2.000 euros a un particular que grabó desde la ventana de su casa una intervención policial que, posteriormente, compartió públicamente en redes sociales. La denuncia la propició un agente de la policía local, alegando que se habían captado y divulgado públicamente su imagen sin su consentimiento.
El caso más reciente, tuvo lugar el pasado año, con una multa a un profesional autónomo de 2.000 euros. Fue un fontanero que utilizó los datos de uno de sus clientes con finalidades distintas para los que fueron recabados. De este modo, el cliente alegó que había recibido a través de WhatsApp un contenido para nada relacionado con la prestación de los servicios de fontanería que había demandado.
Esto significa, que el autónomo debe vigilar y cumplir con precisión los cometidos para los que ha recabado los datos y no debe utilizarlos para cuestiones distintas al estar expuesto a sanciones.
Fuente: Cinco Días.