Sanción AEPD por WhatsApp en empresas: protege tu PYME
Sanción de 70.000€ por WhatsApp en empresas: lo que tu PYME debe saber
En el mundo empresarial, los detalles importan. Y cuando se trata de la protección de datos personales, un error puede costar muy caro. La reciente sanción de 70.000 euros a LVMH Iberia por añadir a una trabajadora a un grupo de WhatsApp de empresa usando su móvil personal sin consentimiento previo es un claro ejemplo.
El problema del uso de móviles personales en el trabajo
Muchas PYMEs, por falta de recursos o desconocimiento, recurren a los teléfonos personales de sus empleados para comunicaciones internas o con clientes. Esta práctica, aunque común, vulnera el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y el derecho a la desconexión digital.
La sanción de la AEPD y sus consecuencias para empresas
La AEPD dejó claro que usar el número personal de un empleado sin consentimiento es un tratamiento ilícito de datos. Además, interrumpir sus vacaciones añadiéndolo a un grupo de WhatsApp laboral violó su derecho a la desconexión.
¿El resultado? Una sanción de 70.000 euros que, tras reducciones, quedó en 42.000 €. Un importe que podría poner en riesgo la estabilidad de muchas PYMEs.
Soluciones prácticas para cumplir con el RGPD
En DataProtectPlus ayudamos a tu PYME a evitar sanciones gracias a:
✅ Auditorías de cumplimiento RGPD adaptadas a tu negocio.
✅ Protocolos internos claros sobre el uso de dispositivos y canales de comunicación.
✅ Formación a empleados para prevenir riesgos legales.
✅ Soporte legal y técnico continuo para garantizar la tranquilidad de tu empresa.
Proteger los datos personales de tus empleados no es solo una obligación legal, es una forma de cuidar la confianza y la reputación de tu empresa.
¿Quieres blindar tu PYME frente a sanciones de la AEPD?
Añade valor a tu marca, para empleados y clientes:
👉 Contacta con DataProtectPlus y evita que un simple grupo de WhatsApp se convierta en un problema de 70.000€.